Se adiciona a la ley de instituciones de crédito procedimiento de audiencia para personas incluidas en la lista de personas bloqueadas.
El día de hoy 11 de marzo de 2022, se publicó en el DOF, el decreto para adicionar a la Ley de Instituciones de Crédito (“LIC”), procedimiento de garantía de audiencia para personas incluidas en la
lista de personas bloqueadas (“LPB”). Con esta reforma, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público podrá introducir a una persona a la LPB cuando cuente con indicios suficientes de que se encuentra relacionada con los delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita o los asociados con los delitos señalados y en consecuencia, de conformidad con el artículo 115 de la LIC, las instituciones de crédito deben suspender la realización de actos, operaciones o servicios con los clientes o usuarios.
El procedimiento de audiencia es el siguiente:
1.- El interesado deberá presentar solicitud de audiencia ante la Unidad de Inteligencia Financiera (“UIF”) dentro de los siguientes 5 días hábiles contados a partir de que se fue notificado su inclusión en la LPB (la UIF, de oficio o a petición de parte, podrá ampliar por una sola ocasión este plazo, hasta por el mismo periodo)
2.- Se otorgará audiencia al interesado para que manifieste por escrito o de manera verbal lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos, dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al que la institución de crédito correspondiente le hubiera notificado su inclusión en la Lista.
3.- Dentro de los 15 días hábiles siguientes, contados a partir de que esté integrado el expediente, la UIF emitirá la resolución administrativa en la que fundamentará y motivará la inclusión del interesado a la LPB, y si procede o no su eliminación de LPB. La resolución deberá ser notificada dentro de los siguientes 10 día hábiles de su emisión y podrá ser impugnada en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Este decreto entra en vigor al día siguiente al de su publicación.